Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer un recurso contencioso en nulidad presentado contra el reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, por lo que remitió el expediente al Tribunal Constitucional.
La acción fue interpuesta contra la resolución núm. 14-2026, emitida por la JCE el 22 de mayo de 2026, mediante la cual fue aprobado el referido reglamento.
En su decisión, el TSE concluyó que la pretensión planteada constituye una acción de control concentrado de constitucionalidad sobre una disposición de carácter reglamentario, una competencia que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, corresponde de manera exclusiva al Tribunal Constitucional.
El fallo fue adoptado por el presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces titulares Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias.
Con esta decisión, el expediente será remitido al Tribunal Constitucional, que será el órgano encargado de determinar si el reglamento impugnado se ajusta o no a la Constitución.
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Esta resolución deja sin efecto el conocimiento del recurso ante el Tribunal Superior Electoral y traslada el proceso a la jurisdicción constitucional, donde continuará el análisis de la impugnación presentada contra la normativa aprobada por la Junta Central Electoral.


