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Wander Franco: culpable, perdonado y marcado para siempre

27 de mayo de 2026
in Actualidad
Tribunal aplaza para el 13 de mayo el juicio contra Wander Franco y madre de menor
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Por: Frank De La Cruz

El caso de Wander Franco ha llegado a uno de los capítulos más polémicos y debatidos del sistema judicial dominicano en los últimos años. El Tribunal Colegiado de Puerto Plata decidió declararlo penalmente responsable de abuso sexual y psicológico contra una menor de edad, pero al mismo tiempo le otorgó un “perdón judicial”, figura jurídica que lo exime de cumplir una condena de prisión. La decisión ha provocado un intenso debate público: para algunos se trata de una aplicación correcta de la ley; para otros, da un mensaje contradictorio en un caso extremadamente sensible.

Más allá de las emociones y las opiniones encontradas, el fallo obliga a analizar qué ocurrió realmente, cuáles fundamentos utilizó el tribunal y qué significa jurídicamente el llamado perdón judicial dentro del ordenamiento penal dominicano.

La sentencia emitida por los jueces José Antonio Núñez, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz estableció que Franco sí incurrió en responsabilidad penal en perjuicio de la adolescente. Sin embargo, el tribunal entendió que el pelotero también fue víctima de un esquema de manipulación, extorsión y aprovechamiento económico encabezado por la madre de la menor. 

Ese elemento fue clave para que los jueces aplicaran el artículo 346 del Código Procesal Penal dominicano, específicamente el numeral 3, que contempla la posibilidad del perdón judicial en determinados casos excepcionales. Según explicó el tribunal, las circunstancias permitían eximir de pena al acusado aun reconociendo la existencia del delito. 

La figura del perdón judicial no implica inocencia. Ese es el primer punto que mucha gente parece confundir. El perdón judicial significa que el tribunal reconoce la culpabilidad, pero considera que existen circunstancias extraordinarias que justifican no imponer castigo. En República Dominicana suele aplicarse de manera excepcional cuando el juez entiende que las consecuencias sufridas por el acusado, las condiciones particulares del hecho o el contexto humano del caso hacen innecesaria la pena.

En el caso de Franco, el tribunal consideró probado que la madre de la adolescente recibió dinero y beneficios económicos vinculados a la relación entre el pelotero y la menor. La mujer fue condenada a diez años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos. 

Ahí nace el argumento central de la corte: Wander Franco fue victimario, pero también víctima colateral de adultos que, según los jueces, utilizaron a la menor con fines económicos. El tribunal incluso llegó a describir la situación como un acto de “comportamiento rapaz” donde se intentó lucrarse de la dignidad humana. 

Sin embargo, aunque jurídicamente la decisión tenga sustento legal, socialmente el debate seguirá abierto. Porque el gran dilema moral es evidente: ¿cómo puede una persona ser hallada culpable de abuso contra una menor y al mismo tiempo no recibir pena de prisión?

Ese cuestionamiento perseguirá este caso durante años.

El proceso judicial comenzó en 2023, cuando surgieron en redes sociales denuncias sobre una presunta relación entre Franco y una adolescente. Lo que inicialmente parecía un rumor digital terminó convirtiéndose en uno de los expedientes más mediáticos de la historia reciente del deporte dominicano.

La investigación del Ministerio Público reveló transferencias económicas, contactos frecuentes y pruebas que llevaron a los fiscales a sostener que existió abuso psicológico y sexual contra una menor de edad. En enero de 2024, Franco fue arrestado formalmente y sometido a la justicia. 

Te puede interesar: Tribunal exonera a Wander Franco con perdón judicial y condena a Vanessa Chevalier a 10 años de prisión

En una primera etapa del proceso, el pelotero recibió una condena suspendida de dos años. Sin embargo, tanto la defensa como el Ministerio Público apelaron la decisión, lo que provocó la anulación de la sentencia y la celebración de un nuevo juicio. 
Durante este segundo proceso, los fiscales solicitaron cinco años de prisión efectiva para Franco.  No obstante,

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