Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autorizaciones relacionadas con Cannabis México para consumo recreativo pueden incluir su preparación en alimentos preparados o semipreparados, siempre que sean exclusivamente para uso personal y no se comercialicen ni suministren a terceros.
La decisión fue adoptada por el Pleno de la Suprema Corte al resolver un recurso de inconformidad. Los jueces consideraron que incorporar cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) a alimentos destinados exclusivamente al consumo personal constituye una actividad culinaria ordinaria y no equivale a fabricar productos sometidos a un régimen sanitario especializado.
La Corte mantuvo, sin embargo, las restricciones establecidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para la elaboración con cannabis de productos sujetos a controles sanitarios específicos.
Cannabis México: límites
Entre los productos que mantienen esas restricciones figuran medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, cosméticos, vapeadores y otros dispositivos similares.
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La decisión sobre Cannabis México tampoco autoriza la venta, distribución, suministro a terceros o expendio al público de los alimentos preparados con esta sustancia. El alcance está limitado exclusivamente a la persona titular de la autorización correspondiente.
El fallo se suma a una línea de decisiones judiciales iniciada en 2015 y ampliada en 2021, cuando la Suprema Corte eliminó con efectos generales la prohibición absoluta del autoconsumo recreativo.

Desde entonces, la Secretaría de Salud, a través de Cofepris, debe autorizar a personas adultas determinadas actividades relacionadas con el cannabis y el THC para autoconsumo, entre ellas sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar. Estas autorizaciones no incluyen la importación, comercialización, suministro o distribución.
Cannabis México y regulación
Cofepris reiteró en julio pasado que el criterio establecido para Cannabis México se limita al autoconsumo y no reconoce un derecho a comercializar, suministrar, vender o distribuir cannabis.
México cuenta, por separado, desde 2021 con un reglamento para la producción, investigación y uso medicinal del cannabis y sus derivados farmacológicos.
En junio pasado, la Suprema Corte también determinó que una misma autorización puede comprender a varias personas, siempre que todas estén expresamente identificadas como titulares del permiso.
La regulación integral del uso adulto del cannabis continúa pendiente en el Congreso mexicano, donde se mantienen propuestas dirigidas a establecer un marco para su consumo en el país.


