El economista Jaime Aristy Escuder advirtió que existe una controversia jurídica sobre la forma en que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha estado calculando la base imponible del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicado a las bebidas alcohólicas, situación que ha dado origen a lo que denomina el “contribuyente rebelde”.
En un artículo de opinión publicado bajo el título “El contribuyente rebelde”, Aristy sostiene que la legislación tributaria dominicana establece que el ISC para bebidas alcohólicas debe calcularse sobre el precio de venta al por menor, criterio que, según afirma, fue definido desde la creación del Código Tributario y posteriormente precisado mediante reglamentos y disposiciones administrativas.
El economista explica que, durante años, la DGII interpretó que la base imponible debía incluir todos los componentes del producto, desde el contenido líquido hasta envases, etiquetas, tapas, empaques y otros elementos asociados a su comercialización. Sin embargo, argumenta que una modificación introducida por la Ley 30-26 reafirma que el cálculo debe realizarse sobre el precio final de venta al consumidor.
Según Aristy, esta diferencia de interpretación ha generado litigios millonarios entre la administración tributaria y empresas del sector de bebidas alcohólicas. Señala que algunas compañías acumulan reclamaciones fiscales por miles de millones de pesos derivadas de la metodología utilizada por la DGII entre 2019 y 2022.
El articulista revela que una empresa obtuvo una sentencia favorable del Tribunal Superior Administrativo, tras lo cual alcanzó acuerdos con la DGII para extinguir obligaciones tributarias relacionadas con la aplicación del impuesto. No obstante, indica que posteriormente la administración tributaria permitió a otra empresa utilizar una base imponible menor, lo que, a su juicio, creó una situación de trato desigual frente al resto de los contribuyentes.
Frente a ese escenario, Aristy plantea la aparición del denominado “contribuyente rebelde”: un contribuyente que decide apartarse de la interpretación administrativa vigente y aplicar directamente lo que entiende establece la ley. En este caso, sostiene que los productores de bebidas alcohólicas podrían declarar el ISC utilizando exclusivamente el precio de venta al por menor de los líquidos contenidos en las botellas, excluyendo otros componentes comerciales.
Para el economista, esta postura no constituye una evasión tributaria, sino un ejercicio de defensa jurídica basado en el principio de legalidad y en la supremacía de la ley sobre las interpretaciones administrativas. Asimismo, considera que la reciente reforma legal ofrece suficiente claridad para sustentar esa posición.
Aristy concluye que el debate trasciende el ámbito fiscal y plantea una discusión sobre seguridad jurídica, igualdad tributaria y el alcance de las facultades interpretativas de la administración pública. A su juicio, cualquier diferencia entre contribuyentes debe resolverse mediante reglas uniformes que garanticen que todos sean tratados bajo los mismos criterios legales.


